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Términos de Servicio Registro de Dominios

I. POLÍTICA UNIFORME DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (UDRP)

OMICRON COMUNICACIONES ha adoptado la Política Uniforme de Resolución de Controversias en materia de nombres de dominio (UDRP) aprobada por la ICANN el 26 de agosto de 1999; así como el Reglamento adicional correspondiente, con fecha 24 de octubre de 1999.

(http://www.icann.org/dndr/udrp/policy.htm)
(http://arbiter.wipo.int/domains/rules/index.html)
(http://arbiter.wipo.int/domains/rules/index-es.html)

De acuerdo con la citada política y su reglamento, todo solicitante o registrante acuerda y accede a que las controversias que surjan en torno a la titularidad de un nombre de dominio de nivel internacional o local deberá someterse al procedimiento administrativo obligatorio establecido en la política mencionada y en su reglamento, aprobados por la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN).

OMICRON COMUNICACIONES en su calidad de Administrador y Registrador de Nombres de dominio en Internet, no actúa como instancia de resolución de controversias entre registrantes y terceros denunciantes como consecuencia del registro o del uso de nombres de dominio. El interesado en controvertir la titularidad de un nombre de dominio .co deberá acudir al arbitraje internacional y seleccionar un proveedor de servicios de resolución de controversias aprobado por ICANN y NIC Colombia. Este proveedor será el encargado de administrar el procedimiento de acuerdo con las Políticas y el Reglamento de ICANN.

El SOLICITANTE es responsable ante OMICRON COMUNICACIONES y garantiza que:

a. El nombre de dominio solicitado (i) no viola marca alguna en Colombia, o (ii) no es idéntico o confusamente similar a una marca, nombre o enseña comercial, razón o denominación social, o cualquier signo distintivo en Colombia.

b. El registro o uso de un nombre de dominio no constituye un registro de marca, y por lo tanto no interfiere con los derechos legítimamente adquiridos por cualquier persona en Colombia.

c. El uso del nombre de dominio se hará con fines lícitos y para su beneficio propio.

d. No permitirá que otra persona haga uso de su nombre de dominio, con o sin ánimo de lucro, y no dispondrá de su nombre de dominio en cualquier otra forma semejante, sin excepción.

e. Toda la información contenida en la solicitud y suministrada a NIC Colombia es auténtica y se ajusta a la realidad.

f. Todo registrante se somete a la política UDRP (Política Uniforme de Resolución de Controversias de nombre de dominio) publicada por la ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) en http://www.icann.org/dndr/udrp/policy.htm

II. SERVICIO DE IDENTIFICACION DE DOMINIOS (WHOIS)

La información que un usuario requiera se provee exclusivamente para fines relacionados con la delegación de nombres de dominio y la operación del DNS administrado por OMICRON COMUNICACIONES. Se trata de una información suministrada para fines no comerciales, sujeta y catalogada como información confidencial de acuerdo con lo establecido con los artículos 260 a 266 de la Decisión Andina 486 de 2000 la cual crea un Régimen Común sobre Propiedad Industrial.

Queda absolutamente prohibido su uso para otros propósitos, incluyendo el envío de e-mail no solicitado con fines publicitarios o de promoción de productos y servicios (spam) sin mediar la autorización de los afectados y de OMICRON COMUNICACIONES.

La base de datos generada a partir del sistema de delegación, está protegida por las leyes de Propiedad Intelectual y todos los tratados internacionales sobre la materia.

• El solicitante de un registro de nombre de dominio ante OMICRON COMUNICACIONES manifiesta su autorización y consentimiento previo e informado para que los datos principales proporcionados en el procedimiento de registro de un nombre de dominio (información –general y particular- sobre contactos administrativo, técnico y de pago, datos de servidores y demás información relacionada con tal registro), así como fechas relacionadas con el registro y modificaciones al nombre de dominio, aparezcan en la base de datos WHOIS, o bien, sean publicadas, transmitidas, reproducidas, divulgadas o comunicadas públicamente por OMICRON COMUNICACIONES.

Por lo tanto, por el solo hecho de remitir la información, diligenciar el formulario de registro y/o con la manifestación que haga un solicitante de un nombre de dominio, se entiende otorgada la autorización para su utilización por parte de OMICRON COMUNICACIONES. Para todos los efectos relacionados con el presente evento, se aplicará la teoría del consentimiento otorgado vía clic o doble clic.

• OMICRON COMUNICACIONES, en la administración y manejo de las bases de datos del servicio de identificación de dominios WHOIS, actúa como un tercero de buena fe, exento de culpa, que suministrará tal información a los terceros que eventualmente estimen vulnerados sus derechos de propiedad intelectual.

OMICRON COMUNICACIONES, en el manejo de la base de datos del servicio de identificación de dominios WHOIS –al igual que los demás bancos de datos que administre-, al actuar como un tercero de buena fe, exento de culpa, no responde por la veracidad o exactitud de los datos que consignen los solicitantes de registro de nombres de dominio.

Así mismo, no compromete su responsabilidad en cuanto a la idoneidad o calidad profesional o personal de las distintas instituciones o personas que aparezcan como solicitantes de un nombre de dominio y/o como contactos administrativo, técnico y de pago.

III. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS DEL DOMINIO

Teniendo en cuenta el compromiso que adquiere el Registrador de nombres de dominio frente a los solicitantes y para impedir utilización indebida de los datos suministrados y evitar, entre otras cosas la remisión de publicidad no solicitada (práctica conocida como spam), los Registradores pueden catalogar la información de sus usuarios como de carácter confidencial por lo que no deberá revelarse a terceros. La confidencialidad de los datos así suministrados y recaudados estará sujeta a la reglamentación sobre Informaciones Confidenciales y Secretos Industriales de que tratan los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, que creó un régimen común sobre Propiedad Industrial para los cinco países de la Comunidad Andina de Naciones -CAN-".

Sin embargo, puede resultar de utilidad lo dispuesto en el Art. 91 de la Ley 633 de 2000 cuando establece:

" (...) Artículo 91: Todas las páginas Web y sitios de Internet de origen colombiano que operan en el Internet y cuya actividad económica sea de carácter comercial, financiera o de prestación de servicios, deberán inscribirse en el Registro Mercantil y suministrar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, la información de transacciones económicas en los términos que esta entidad lo requiera (...)"

Teniendo en cuenta que las bases o bancos de datos son creaciones protegidas en el ámbito mundial y por supuesto en Colombia, como creaciones amparadas por el Derecho de Autor en los mismos términos de las compilaciones, es claro que la base de datos que hemos implementado y diseñado como Registrador de nombres de Dominio, cuenta con las prerrogativas que esta disciplina ofrece al titular de derechos patrimoniales.

IV. CONTRATO

De conformidad con las recomendaciones hechas por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), a la ICANN -las cuales fueron acogidas por OMICRON COMUNICACIONES- el registro de nombres de dominio debe perfeccionarse a través de un contrato formal suscrito entre el Registrador y el solicitante. Este contrato se perfecciona con el acuerdo de voluntades expresado por las partes: una, solicitando un servicio y la otra, proporcionándolo de manera efectiva. De acuerdo con lo anterior, el sistema de registro en línea utilizado por OMICRON COMUNICACIONES es un contrato entre el OMICRON COMUNICACIONES y los clientes de Dominios.

El contrato se da por vía electrónica en forma de mensaje de datos (Internet, correo electrónico), de acuerdo con lo permitido por las normas del Código de Comercio de Colombia -aplicando las normas sobre oferta validamente aceptada y contratos entre ausentes-. Esto lo ratifican las normas sobre Comercio Electrónico de Colombia (Ley 527 de 1999, Decreto 1747 de 2000 y Resolución 26930 de 2000) cuando le dan el mismo alcance, efecto y validez probatoria a los contratos realizados por medios digitales, que los reconocidos a actos y contratos realizados por medios tradicionales (papel).

Las condiciones y requerimientos que OMICRON COMUNICACIONES pone a consideración de los terceros que solicitan el registro de un nombre de dominio se constituyen en un texto contractual similar a los contratos y condiciones proforma utilizados por los prestatarios de telefonía móvil celular o los prestatarios de servicios de valor agregado y telemático. De tal manera que, cuando el cliente diligencia el formulario de registro de un nombre de dominio en forma electrónica a través de la pagina Web de OMICRON COMUNICACIONES, está manifestando el consentimiento y aceptación de las condiciones allí planteadas.

V. TEORÍA DOCTRINAL DEL CLICK

Con el advenimiento del comercio electrónico surgió la teoría del consentimiento expresado vía click, es decir que, cuando se le advierte al solicitante que se somete a las condiciones expresadas y este manifiesta su asentimiento pulsando la tecla enter y haciendo click (tal como se solicita antes del envío del formulario de registro) el cliente expresa su conformidad con las condiciones establecidas por el OMICRON COMUNICACIONES para el uso de un nombre de dominio.

La teoría doctrinal del click fue ratificada en el texto de la Ley de Comercio Electrónico de Colombia (ley 527 de agosto de 1999).

VI. SOBRE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO, SUSPENSIÓN DEL SERVICIO O LA ELIMINACIÓN DEL DOMINIO

Al tratarse de una relación conmutativa contractual, la falta de cumplimiento de las condiciones establecidas por una de las partes, da lugar a que la otra de por terminado o suspenda la ejecución del mismo.

Por suspensión se entiende la inhabilitación del nombre de dominio para ser resuelto por los DNS de Internet y la incapacidad de que un tercero lo pueda solicitar y/o registrar. Un nombre de dominio podrá tener un estatus de suspensión inicial, suspensión final (cancelación) o suspensión por autoridad externa.

a. La falta de pago por concepto del servicio, da derecho al Administrador del Dominio a dar por terminado el contrato o suspender la prestación del servicio. Estos procedimientos son mencionados y autorizados por las recomendaciones de la OMPI a la ICANN. Esta última aconseja inclusive, que no se activen nombres de dominio, hasta tanto el cliente no realice el pago.

b. Por autoridad externa, un dominio podrá suspenderse si el registrante proporciona información incorrecta, falsa o inexacta en la solicitud del nombre de dominio o en la información mantenida en la base de datos WHOIS.

c. De igual manera, si el dueño de un nombre de dominio desea eliminarlo, puede hacerlo. Para ello, ante todo, es requisito indispensable que se encuentre al día con sus pagos. Cumplido este, puede enviar una comunicación escrita al Administrador del Dominio solicitándole que su dominio sea eliminado de la base de datos

VII. SOBRE CAMBIOS EN NOMBRES DE DOMINIO REGISTRADOS

No se pueden hacer cambios sobre nombres de dominios ya registrados.

VIII. SOBRE CAMBIOS EN LOS DNS

El cliente debe solicitar a OMICRON COMUNICACIONES via correo electrónico los cambios en los DNS cada vez que necesite realizar este cambio.

IX. SOBRE DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO

Tenemos un indice de uptime de un 99,9% promedio y 99,7% garantizado.

X. INDEXACIÓN EN MOTORES DE BÚSQUEDA

La indexación de su dominio en los motores de búsqueda es una acción que compete solo a los motores de búsqueda, Usted será el responsable de este procedimiento, en ningun momento OMICRON COMUNICACIONES le garantiza que su sitio será indexado ya que las decisiones al respecto las toman los mismos motores de búsqueda que no tienen ninguna obligación de hacerlo. Tenga en cuenta que los motores de búsqueda tardan algunos meses en tomar su solicitud y en algunos casos tal vez no sea tenida en cuenta. Esto último es potestad de los mismos motores y en ningun momento OMICRON COMUNICACIONES puede hacer algo para cambiar esta situación.

XI. VENCIMIENTO DOMINIOS


Fecha de Vencimiento: En el momento en que Usted adquiere un nombre de dominio, OMICRON COMUNICACIONES le informa de la fecha de vencimiento, tanto en la factura como vía correo electrónico en el mensaje con sus Datos de Acceso.


Recordatorio de Vencimiento: Aunque enviamos un mensaje 30 días antes recordándole a los clientes del vencimiento, es responsabilidad EXCLUSIVA del cliente estar pendiente de esta fecha bien sea para renovar el dominio o para solicitar que éste no sea renovado. Tenga en cuenta que algunos mensajes de recordatorio puede que no lleguen por eventos de la red ajenos a nuestro control, así que tome nota de la fecha de vencimiento y evite inconvenientes.


Renovando un Dominio: Si desea renovar su dominio deberá informárnoslo treinta (30) días hábiles antes del vencimiento al correo info@omicronduitama.com o a los teléfonos 57(8)7610918 y 7610801 (Duitama Boyacá Colombia).

Si no informa del deseo de renovar un período adicional y NO realiza el pago treinta (30) dias hábiles antes del vencimiento, el servicio de dominio se cancelará sin excepción una vez se cumpla la fecha de vencimiento.

Al dejar vencer su dominio, OMICRON COMUNICACIONES u otras empresas podrán disponer del mismo a su entera discreción.

Después de la fecha de vencimiento, OMICRON COMUNICACIONES no se hace responsable por la pérdida de su dominio.


Recuperar un Dominio Internacional Vencido: Para recuperar un dominio vencido se deben cancelar costos adicionales de reactivación. Una vez el proceso de anulación del dominio termina, éste queda en una etapa de redención de unos 15 días, el costo de renovar su dominio vencido en esta etapa es de US $ 100. Una vez pasados los 15 días, el dominio pasa a quedar pendiente de eliminación por unos 5 días, después de esto, ya el dominio se puede registrar por cualquier persona en el mundo. Nota: Algunos registrar se quedan con el dominio y desde ese punto no es posible recuperarlo.


Si va a renovar infórmenos y realice el pago puntualmente por favor.